Derechos de Autor

Los derechos de autor son uno de los tres tipos principales de propiedad intelectual (PI).  Estos sirven como mecanismos de defensa legal para obras creativas que protegen los derechos de artistas, escritores, músicos, y creadores.  Los derechos de autor cubren una amplia gama de obras creativas, incluyendo literatura, música, artes visuales, e incluso software.

Los derechos de autor otorgan a sus dueños el derecho exclusivo de reproducir, copiar, distribuir, crear trabajos derivados, ejecutar públicamente, y exhibir su trabajo.  En esencia, actúan como una póliza de seguro para creadores, preservando su visión artística y permitiéndoles establecer cómo utilizar y compartir sus obras con el mundo. Los derechos de autor suelen durar toda la vida del autor más 70 años, lo que garantiza que las obras protegidas por derechos de autor permanezcan protegidas durante mucho tiempo, y puedan beneficiar a sus creadores y descendientes.

Derechos de Autor

La protección de derechos de autor comienza en el momento en que una obra es plasmada en un medio tangible de expresión.  Sin embargo, obtener un registro en la Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos (USCO, por sus siglas en inglés) brinda una protección más robusta y la capacidad de iniciar acciones legales contra quienes puedan utilizar una obra sin permiso.

Además, los derechos morales son un conjunto de derechos asociados a obras originales y creativas que protegen los intereses personales y reputacionales de los autores.  Estos derechos son diferentes de los derechos económicos o financieros otorgados a los titulares de derechos de autor.  Los derechos morales están diseñados para reconocer y preservar la conexión del creador con su trabajo y garantizar que se respete su integridad artística y reputación.  En ocasiones, se les denomina derechos “personales” o “patrimoniales”.

En Estados Unidos (EE. UU.), los derechos morales son protegidos a través de varias leyes federales y estatales, además de la protección brindada por la Ley de Derechos de Artistas Visuales (VARA, por sus siglas en inglés) de 1990.  Algunos estados o territorios, como Puerto Rico, Nueva York y California, también ofrecen protección de derechos morales.

Servicios de Derechos de Autor

Para obtener un registro de derechos de autor en Puerto Rico se debe presentar una solicitud ante la USCO.  Además, para obtener un registro de derechos morales en Puerto Rico, se debe presentar una solicitud en el Registro de Propiedad Intelectual de Puerto Rico.

Como abogados de derechos de autor con sede en Puerto Rico, asesoramos a nuestros clientes en la presentación y tramitación de solicitudes de derechos de autor en la USCO y solicitudes de derechos morales en el Registro de Propiedad Intelectual de Puerto Rico.  Además, ayudamos a nuestros clientes en todas las fases del proceso de solicitud de derechos de autor y derechos morales, incluyendo la búsqueda de títulos, redacción y presentación de solicitudes, preparación de enmiendas, y respuestas a comunicaciones de las oficinas correspondientes.

También gestionamos varios otros asuntos relacionados con derechos de autor y derechos morales.  Algunos de estos incluyen:

Para registrar derechos de autor (o copyrights) en la Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos (USCO, por sus siglas en inglés), un solicitante debe completar y enviar una solicitud de derechos de autor.

Para registrar los derechos morales en en la Oficina del Registro de Propiedad Intelectual de Puerto Rico, el solicitante debe completar y presentar una solicitud de derechos morales.

Sirve para asegurar que alguien contratado para crear una obra transfiera todos los derechos de autor a la persona que lo contrató.

Se utiliza para responder a una notificación de una oficina examinadora relacionada con asuntos de una solicitud de derechos de autor o derechos morales.

Opinión utilizada para identificar cualquier infracción potencial o real de derechos de autor o derechos morales.

Sirve para identificar información específica sobre titularidad, publicaciones, transferencias, trabajos derivados, o estado de dominio público de derechos de autor o derechos morales.

Cualquier documento relacionado con la transferencia de derechos de autor u otro documento relacionado a derechos de autor, como cesiones de titularidad y acuerdos de licencia, puede registrarse en la USCO.

Un acuerdo en el que un titular de derechos de autor transfiere su derecho, título, e interés sobre sus derechos de autor o una solicitud de derechos de autor.

Un propietario de derechos de autor puede otorgar a otros la autorización para utilizar, distribuir, reproducir, exhibir, ejecutar públicamente, y/o crear obras derivadas de una obra con derechos de autor, conforme un conjunto de condiciones preestablecidas.

Sirve para monitorear y brindar asesoramiento sobre como mantener la mejor protección de derechos de autor o derechos morales.

Incluye investigaciones, respuestas o envío de cartas de cese y desista, avisos de eliminación, presentación de demandas, litigios, y acuerdos de transacción.